Renta Mínima de Inserción RMI ¿Conoces tus derechos?

El presente texto recoge el planteamiento y los objetivos de la Campaña RMI. A partir de un borrador preparado por la Red de Invisibles de Madrid, se enriqueció con las aportaciones de diversas personas y organizaciones que se han sumado a campaña, siendo ratificado por consenso en la asamblea del 7 de abril de 2016.

Desde la experiencia del paro de larga duración, el empleo precario y la ausencia de ayudas públicas, exigimos el cumplimiento de una Ley de mínimos que se creó como última red de apoyo para aquellos hogares con ingresos tan bajos que padecen todo tipo de penurias, hasta el punto de pasar hambre y ser echados de sus casas por impago. Dicha Ley, aprobada por la Asamblea de la Comunidad de Madrid en 2001, reconocía a esas familias “el derecho a disponer de medios económicos para hacer frente a las necesidades básicas de la vida… y el derecho a recibir apoyos personalizados para la inserción laboral y social” (Preámbulo de la Ley 15/2001 de RMI). Dos medidas que los poderes públicos deben promover y la ciudadanía afectada percibir, no como prestaciones asistenciales sino como derechos exigibles con rango de Ley. Existen otras propuestas más ambiciosas de Renta básica universal o de Renta mínima para las personas en paro sin ninguna prestación; la presente campaña se limita a reclamar una norma de mínimos que ya existe sobre el papel pero se incumple en la práctica.

Quince años después de aprobada la Ley de Renta Mínima, las medidas de acompañamiento para la inserción laboral se fueron reduciendo hasta suprimirse del todo en 2013 y la inmensa mayoría de los hogares “pobres” sigue sin percibir la Renta Mínima. La Ley no establece con precisión cuáles son esos hogares con bajos ingresos, por lo que se toman como referencia los situados bajo el umbral de la pobreza (por debajo del 60% de la mediana de renta) o los que padecen pobreza severa (por debajo del 30%):

Si partimos de los hogares bajo el umbral de riesgo de pobreza, tal como hace la Asociación Estatal de Directores y Gerentes de Servicios Sociales, la cobertura de la RMI en 2014 sólo llegaba al 6% de sus potenciales destinatarios: 22.187 hogares perceptores a lo largo del año, de los 367.000 que se encontraban bajo el umbral de la pobreza según la Encuesta de Condiciones de Vida de ese año.

  • Si tomamos como referencia el criterio más restrictivo de la pobreza severa, la cobertura de la RMI llegaría al 17% de los 133.000 hogares que se encuentran en esa situación. Hay que destacar que este colectivo en extrema pobreza ha aumentado un 70% entre 2009 y 2014 y afecta ya a una de cada veinte familias.

En conclusión, entre el 83 y el 94% de los hogares con bajos ingresos no acceden a la renta mínima que la Asamblea de la Comunidad de Madrid creó para ellos. Algo similar a lo ocurrido con diferentes ayudas como el Plan de Activación para el Empleo o el Abono Transporte para personas en paro de larga duración, o la reciente convocatoria de Ayudas para el Pago de electricidad o gas, que sólo llegan a un sector minoritario de sus potenciales destinatarios. Por no extendernos con el recorte en las becas de comedores escolares, suprimidas desde el curso 2011/2012, que fueron sustituidas por los “precios reducidos” y excluyen del servicio a muchísimos escolares en las familias con menos ingresos. Se trata, por tanto, de derechos fallidos que, en el caso de la RMI condena a la exclusión social a más de 300.000 personas que viven en hogares con pobreza severa (cerca de un millón si el umbral lo ponemos en la pobreza moderada).

¿A qué se debe esta situación? En primer lugar, a la cicatería en la aplicación de la Ley por parte de los responsables políticos de la Comunidad. En lugar de asegurar su cumplimiento, dotándola de los recursos necesarios y agilizando los trámites, han partido de la desconfianza hacia los solicitantes y han puesto todo tipo de trabas burocráticas para dificultar el acceso, pervirtiendo el sentido originario de la Ley: “la renta mínima deberá concederse sin mayores condicionamientos… La exclusión de la misma debe limitarse a los casos de fraude o de actitudes extremadamente inaceptables como la negativa sistemática e injustificada a aceptar un empleo adecuado” (Ley 15/2001).

En segundo lugar, desde el punto de vista de las familias socialmente excluidas, ha faltado información, apoyo social y auto-organización para tomar conciencia y exigir colectivamente su derecho a una Renta Mínima y a percibir ayuda personalizada para la inserción laboral.

En mayo de 2015 el Colegio de Trabajadores Sociales de Madrid, el Observatorio de la Exclusión Social y Procesos de Inclusión (OEISM), la Red de Lucha contra la Pobreza y el Foro ServSocial presentaron un informe detallado sobre “la situación de deterioro de la RMI que pone en grave riesgo a miles de familias madrileñas” denunciando entre otras cosas:

  • la complejidad de la normativa de instrucción y la lentitud en valorar los expedientes, que provoca que más de dos tercios sean rechazados o archivados, y que se incumplan sistemáticamente los plazos previstos por la ley, lo que se agrava por la falta de registros accesibles (en 2014 se produjo un aumento notable de resoluciones administrativas);
  • la insuficiencia de las cuantías, que se habían congelado desde 2010 y, aunque se han elevado recientemente, siguen por debajo del Salario Mínimo Interprofesional, tope máximo establecido por la Ley de 2001;
  • la inseguridad, indefensión y arbitrariedad de las peticiones documentales, con interpretaciones restrictivas de la normativa, en especial en lo relativo a la investigación de los ingresos informales y los movimientos bancarios de los/las solicitantes;
  • la reducción injusta de la cuantía cuando varias unidades de convivencia perceptoras de RMI, precisamente como consecuencia de no poder acceder a una vivienda independiente, comparten el mismo domicilio;
  • la práctica inexistencia de programas personalizados de inserción laboral, así como la desincentivación del empleo eventual y juvenil debido al temor de las familias perceptoras a perder los ingresos estables de la RMI;
  • la falta de medios materiales y humanos para tramitar los expedientes que cargan sobre los/las solicitantes la obtención de datos administrativos que se podrían obtener mediante una buena coordinación de los organismos públicos. En particular, la población atendida por trabajador social en la Comunidad de Madrid es casi el triple (8.921 personas) que la media de España (3.223), lo que lleva inevitablemente a la saturación y ralentización de los servicios.

Estas propuestas fueron trasladadas por el grupo parlamentario de Ciudadanos al Pleno de la Asamblea de Madrid en octubre de 2015, aprobándose una resolución por mayoría absoluta de la Cámara que instaba al gobierno de la Comunidad a elaborar, en el plazo de un mes, un estudio sobre el incremento de la cuantía y revisar al alza la Renta Mínima de Inserción en 2016. Sin embargo, del seguimiento mantenido por las cuatro organizaciones citadas se desprende que las medidas puestas en marcha por el ejecutivo para aumentar el monto y cobertura de la RMI “son claramente insuficientes” y, aunque se ha prometido incluir en el presupuesto una partida simbólica de 3 millones de euros para acompañamientos, no se prevén modificaciones en el Reglamento que permitan simplificar y facilitar la tramitación de los expedientes.

El flagrante incumplimiento de una Ley dirigida a mitigar las situaciones de emergencia de la población más empobrecida tiene lugar en la Comunidad española con mayor nivel de renta (Contabilidad regional de España) y con el salario medio más alto (AEAT), pero donde también se producen las mayores tasas de desigualdad económica. Mientras otros derechos y prestaciones, dirigidos al conjunto de la población, concentran importantes recursos públicos y tienen una tasa de cobertura elevada, los destinados a los sectores sociales más frágiles, como las Rentas Mínimas de las comunidades autónomas, disponen de un presupuesto insignificante en términos macroeconómicos y sólo llegan a una minoría de la población para la que fueron creados. Así, según la última Estadística de gastos en protección social, el conjunto de las políticas públicas de pensiones, sanidad y educación sumaban en España doscientas veces más (206.000 millones de euros, 20,2% del PIB) que las dirigidas a rentas mínimas de las comunidades autónomas (1.044 millones de euros, 0,1% del PIB de España). En el caso de la Comunidad de Madrid, la partida dedicada a RMI en 2016 (120 millones €) sólo representa el 0,06% del PIB regional.

Haría falta dedicar el 0,6% del PIB, en lugar del 0,1% (0,06 en nuestra Comunidad), para dar cobertura de Renta Mínima a todos los hogares en situación de pobreza severa. Y si esa aportación fuera del 1%, la cuantía podría elevarse por encima del 60%. No harían falta nuevas leyes, bastaría replantear la aplicación de la que ya existe, de manera que llegase a todos los hogares para los que fue creada. La cuestión no es la falta de recursos sino su reparto, profundamente desigual en materia de renta y de riqueza, y unas políticas sociales que se reparten también de forma muy desequilibrada en perjuicio de los sectores más excluidos.

A partir de estas reflexiones, la Campaña RMI persigue dos objetivos fundamentales, a desarrollar en los próximos meses:

  • En primer lugar, en una primera fase, informar y movilizar a los sectores sociales en situación de emergencia en torno a su derecho a percibir la RMI y los programas de acompañamiento personalizado para la inserción social y laboral.
  • En una segunda fase, a partir de la movilización de la población afectada y de los movimientos sociales que les apoyan, denunciar las trabas económicas y burocráticas que limitan el acceso a los derechos sociales recogidos en la Ley 15/2001 y exigir aquellos cambios de la normativa y los procedimientos que sean necesarios para que tales derechos lleguen a los más de 100.000 hogares madrileños en grave emergencia social.

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