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Información de Interés Municipal |
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BASES DE SUBVENCIÓN "COVID19" A PYMES Y AUTÓNOMOS |
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OBJETO |
Subvención
al tejido LOCAL comercial y profesional |
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BENEFICIARIOS |
Autónomos
y pequeñas empresas (máximo 25 empleados y 5M € facturación) con domicilio en
el municipio y constituidos antes del 1 enero 2020. |
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IMPEDIMENTOS |
-
No estar al corriente con la
AEAT, SS y Ayuntamiento -
No haber justificado una
subvención anterior -
Disfrutar de incremento en
facturación por venta online -
Sociedades cuyos socios no sean
todos personas físicas |
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CRÉDITO DISPONIBLE |
2
Millones € ampliable a 1 millón más |
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CUANTÍA |
·
Empresario autónomo individual
(sea persona física o societaria) y microempresas con un solo trabajador:
2.000 € ·
Empresario autónomo y
microempresas con trabajadores comprendidos entre 2 y 5 trabajadores: 4.000
€. ·
Empresario autónomo y
microempresas con trabajadores comprendidos entre 6 y 9 trabajadores: 6.000
€. ·
Empresario autónomo y pequeñas
empresas con trabajadores comprendidos entre 10 y 25 trabajadores: 8.000 € |
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DESTINO |
Al
menos un 80% debe destinarse a gastos propios de la actividad (nóminas,
alquiler, proveedores, etc.) |
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PROCEDIMIENTO |
La
SOLICITUD se presenta por vía telemática a través del Portal Ciudadano de la
web municipal (ver requisitos de acceso), dónde está el modelo normalizado a
cumplimentar, al que se acompañará, dependiendo Persona Física (PF) o
Jurídica (PJ): |
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PLAZO |
20
días hábiles desde publicación en BOCM (inminente) |
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CONCESIÓN |
EL
criterio de valoración será el orden en la fecha y hora de presentación de la
solicitud y la documentación completa |
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PLAZO RESOLUCIÓN |
Máximo
3 meses desde el fin del plazo de presentación |